La pregunta ¿Quién puede firmar un contrato de trabajo?, quizás puede tener una respuesta no tan obvia.
Debido a que los Contratos están regios por los principios de la Autonomía de la Voluntad, conceptualmente hablando cualquier persona puede firmar un contrato.
El contrato laboral es el contrato más común utilizado en la actualidad, sin embargo, su proliferación no indica que puede ser firmado por cualquier persona.
Bajo los conceptos de capacidad de goce y ejercicio(ver Elementos del Contrato) podremos deducir que existirán ciertas restricciones acerca de quien puede firmar un contrato de trabajo.
Un Contrato de Trabajo al igual que cualquier otro contrato, es un acuerdo de voluntades entre dos o más partes; las cuales deberán estar habilitadas legalmente para poder contraer las obligaciones que emanen de dicho contrato.
En nuestro análisis es importante destacar que la pregunta quien puede firmar un contrato de trabajo no solo va en dirección al Trabajador ya que es de igual importancia preguntarse quien puede firmar un contrato de trabajo desde la perspectiva del Empleador.
Es decir, tanto en Trabajador como el Empleador tendrán restricción en cuanto a quien puede firmar un contrato de trabajo.
Guiándonos por el marco conceptual de los elementos del contrato, podemos concluir que para que alguna de las Partes pueda firmar un Contrato de Trabajo debe ser apto legalmente para ello.
Por ejemplo, es fácil deducir que un niño no es apto legalmente para firmar un contrato de trabajo y a primera instancia quizás no es tan fácil deducir que algún adulto tenga la misma restricción.
Pero si existen restricciones, ya que podemos encontrar adultos que no son aptos legalmente para firmar un contrato de trabajo, por ejemplo, extranjeros con estatus migratorio de turista.
Pueden existir de igual manera restricciones para el empleador, por ejemplo, para poder ejercer en la industria de la Salud, digamos un Hospital, deben cumplirse con ciertas exigencias de la Ley de Salud, por lo tanto, no cualquier empresa será legalmente apta para contratar médicos y tampoco cualquier persona será apta para firmar un contrato laboral en el campo médico.
Es decir, el quién puede firmar un contrato de trabajo está delimitado por la legislación laboral donde se pretende firmar el contrato laboral.
Es importante señalar que el evento que un contrato de trabajo sea invalido por la falta de capacidad legal de sus firmantes no inhibe el hecho que existe una relación laboral y por lo tanto no se restringe los derechos y deberes de las partes.
Por ejemplo, la contratación de un extranjero sin permiso de trabajo, puede ser invalidad por la falta de capacidad legal del trabajador, sin embargo, esto no lo priva de los derechos del trabajador que son otorgados por la regulación laboral, ya que la relación laboral existe, el trabajador tendrá derechos a vacaciones, descanso semanal, salario mínimo, etc.
Por consiguiente, para nuestra pregunta del quien puede firmar un contrato de trabajo podemos concluir que será toda persona natural o jurídica capacitada legalmente para contraer obligaciones laborales.
Específicamente hablando y en términos simples podemos enumerar que cada firmante en un Contrato de Trabajo debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Persona Natural mayor de edad.
- Persona Natural menor de edad con aprobación de su tutor correspondiente según las regulaciones de cada jurisdicción.
- Extranjeros de acuerdo a la legislación migratoria y laboral aplicable en cada jurisdicción.
- Persona Jurídica legalmente constituida de acuerdo a la legislación aplicable en cada jurisdicción (representada legalmente por una persona natural).